El Derecho Minero faculta a su titular la realización de actividades mineras de exploración, explotación, concentración, fundición, comercialización y/o industrialización de minerales, en toda o parte de la cadena productiva minera. El Derecho Minero no otorga propiedad sobre áreas mineras o recursos naturales. Para saber más al respecto te invitamos a revisar esta cartilla informativa.
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